¿QUE SON LAS ADDENDAS?

Las Addendas son datos de carácter comercial que puedes incorporar a tus facturas electrónicas.

Dado que el SAT no las regula porque carecen de efectos fiscales, en ellas puedes incluir información adicional de distinta naturaleza, según lo estipulado por tu cliente.

Algunas empresas (por lo general grandes) le requieren a sus proveedores que los CFD contengan información adicional como códigos de barra, número de orden de compra, sucursal de entrega etc. Esta información debe de llevar un formato especial dentro del archivo XML del CFD. Hay dos adendas de aplicación general, la adenda AMECE de GS1 y el “Complemente Detallista” del SAT que sirven para varias empresas, pero hay muchas otras que tienen su propia adenda y obligan a sus proveedor a usarla.

Cuando empieces a usar CFD es muy importante investigar con tus clientes grandes si requieren algún adenda, y luego verificar con tu proveedor de software de Medios Propios o Proveedor de Servicios Certificado si ya tienen implementada esa adenda.

Lineamientos del SAT respecto a las Addendas

El rubro IIIC del anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) expresa el modo en que puede ser empleada la Addenda. Y es que, pesar de no ser un requisito fiscal, el SAT indica ciertas reglas que deben seguirse para la correcta integración de la información o los formatos que almacena el documento.

Por ejemplo, en su Guía del Anexo 20, la autoridad hacendaria menciona que, entre otros, se podrán incluir en la Addenda:

  1. Las penalizaciones o inclumplimientos a contratos de obras públicas y/o inmuebles.
  2. El número de cuenta o la clave de rastreo SPEI.
  3. Los últimos números de una tarjeta de débito, crédito, de servicios o monedero electrónico.